FONDOS PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
La Junta de Andalucía a través de la ley de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010, ha creado el FONDO
DE IMPULSO A LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA, como fondo sin personalidad
jurídica, destinado a facilitar la financiación de las inversiones en esta materia, con una
dotación presupuestaria de 90 millones de euros.
El FONDO DE IMPULSO A LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA "Andalucía
A+ Financiación" ha sido instrumentado mediante el Convenio suscrito el 30 de julio de 2010,
entre la Consejería de Economía, Innovación Ciencia y Empleo y la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, para la regulación de la composición, organización y gestión de dicho
Fondo, y su correspondiente Adenda, de 23 de diciembre de 2013, estableciendo a la Agencia
Andaluza de la Energía como Entidad Gestora del mismo.
El Fondo no tiene la consideración de sector público a los efectos previstos en el
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, los contratos mediante
los que se instrumenten las operaciones aprobadas se someterán al Derecho privado.
A través de Andalucía A+ Financiación se busca facilitar medios para que las empresas
puedan encontrar la financiación que necesitan para realizar inversiones en materia energética o
desarrollar su actividad dentro de dicho ámbito.
Orientado hacia los ámbitos donde es mayor el potencial de ahorro energético y aprovechamiento
de energías renovables, e integrado con los incentivos a fondo perdido, también gestionados desde la
Agencia Andaluza de la Energía, a través del Programa Andalucía A+, el Fondo Andalucía A+ Financiación
apoyará proyectos viables, preferentemente, en los siguientes ámbitos:
La mejora de la eficiencia energética en procesos productivos o equipos.
La reducción del consumo energético en los edificios y sus instalaciones.
El ahorro energético en flotas de transporte de pasajeros o mercancías, incluyendo
las inversiones en sistemas tecnológicos y aplicaciones.
La generación y uso de energía térmica mediante instalaciones de energías renovables.
Los sistemas de cogeneración y trigeneración y las instalaciones para el
aprovechamiento de los calores residuales.
Los sistemas de producción de agua caliente sanitaria y climatización mediante
energías renovables.
Las instalaciones de generación de energía eléctrica conectada a la red de hasta
2 MW de potencia.
Los proyectos presentados por empresas de servicios energéticos.
A este fondo se puede optar mediante 2 Opciones:
Línea Simplificada: Proyectos que requieran financiación entre 20.000 y 200.000 €.
Línea General: Todos aquellos proyectos que no se incluyan en la opción Simplificada,
o cuyas necesidades de financiación sean entre 20.000 euros y 2 millones de euros.
Las empresas destinatarias serán preferentemente microempresas y pequeñas y medianas
empresas andaluzas, y podrán adoptar cualquier forma jurídica, incluso empresario individual.
Podrán tramitarse operaciones de sociedades en constitución, en tanto se aporte certificado en
vigor de denominación social, por el solicitante. Los destinatarios deberán tener domicilio social
o contar con centros operativos en Andalucía. Asimismo, podrán ser consideradas destinatarias
aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social en Andalucía o que vayan a contar con
establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo.
Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No podrán ser destinatarias empresas en crisis. Se entenderá por empresa en crisis, aquélla que,
a la fecha de estudio de la operación, sea incapaz, mediante sus propios recursos financieros o con los que
aporten o puedan aportar sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirían, de no mediar
una intervención exterior, a su desaparición económica a medio o corto plazo. Tampoco podrán ser destinatarias
empresas participadas en más de un 25% por una Administración o Entidad Pública, o con domicilio social en un paraíso fiscal.
Andalucía A+ Financiación ofrece préstamos ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento
de garantías en condiciones de mercado y con carácter reembolsable, sin que las operaciones tengan la
consideración de subvenciones o ayudas públicas.
Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en
condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso tengan
la consideración de subvenciones o ayudas públicas.
Versión 1.2 - 14/03/2011
Resolución recomendada: 1024 x 768
Nuevo beneficiario
Beneficiario registrado
Personal Agencia Andaluza de la Energía.